Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37888

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-12

Carátula: FISCALIA ESTADO RN c/OGGIANU Salvador s/suc. S/ Ejecutivo

Descripción: certificacion//previo

General Roca, 12 de mayo de 2008.-

Certifique el Actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que por ante el Juzgado Civil III, Secretaría Unica, a mi cargo, tramitan los autos caratulados: "OGGIANU SALVADOR S/SUCESION" (31.646-III-98), en los cuales a fs. 91 obra la resolución en la que se declara que por fallecimiento de Salvador o Salvatorico Oggianu u Oggiano le suceden en caracter de únicos y universales herederos sus hijos: Juan José, Elena Alicia, Ernesto Osvaldo, Norma Susana, Beatriz Mabel, María Rosa y Gabriela Nieves, de apellidos Oggianu Pirastu, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponden a su cónyuge Juana Agustina Pirastu.-

No se encuentra denunciado en autos el domicilio real de los hijos ni de la cónyuge supérstite.-

Secretaría, 12 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 12 de mayo de 2008.-

Atento la certificación que antecede, previo a todo, denúnciese el domicilio real de los herederos.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro