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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31394III
Fecha: 2008-05-12
Carátula: BANDO Carlos E. S/ Sucesión
Descripción: regulacion
General Roca, 12 de mayo de 2.008.-
Regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Osvaldo Miguel Calvo en la suma de $ 2.600.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 1.300.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 45.465,16.- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Por la actividad cumplida en la tercera etapa de fs. 60/1 y 66 regulo los honorarios del Dr. Osvaldo Miguel Calvo en $ 300.- y los de la Dra. María Cecilia Calvo en la suma de $ 200.- a cargo de los herederos y por la sumas de $ 150.- y $ 100.-, respectivamente a cargo de la cónyuge supérstite.-
Se toma en cuenta que la presente regulación comprende las sucesiones:"BANDO CARLOS S/SUCESION" (31394-III-98),"BANDO FORTUNATO CECILIO S/SUCESION" (29890-III-96), "BANDO GUSTAVO ARIEL S/SUCESION" (32898-III-00), por tratarse del mismo patrimonio y por la actuación de los profesionales intervientes en todos los trámites.
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y cúmplase con la ley 869
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro