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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38398
Fecha: 2008-05-08
Carátula: MILEN Susana S/ Sucesión
Descripción: regula por todas las etapas
General Roca, de mayo de 2.008.-
Regulo por las tres etapas los honorarios profesionales de la Dra. Leonor Fabiola Saez en la suma de $ 9.000 a cargo de los herederos y por la suma de $ 4.500 a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 131.259,26 -fs. 38.- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-
Fecho, líbrese oficio al R.P.I. a fin de inscribir la tercera parte del bien D.C. 051-D-825-07-C. a nombre de los herederos declarados en autos-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro