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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37840
Fecha: 2008-05-07
Carátula: RIVAS Rosa Maria c/ANTIAO Alejandro S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, de Mayo de 2008.-
Proveyendo el escrito de fs.75, agréguese y téngase presente.-
Proveyendo el escrito de fs.76, al punto I, téngase presente.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio a la firma empleadora Jugos del Sur SA, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 2.246,43 en concepto de capital con más la suma de $ 900 calculados para intereses y costas.-
Las sumas embargadas deberán ser depositados y/o transferidas al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de estos autos.-
Se deja constancia que la suma del embargo ordenado precedentemente surge de restar al monto de la planilla aprobada a fs.72 ($ 6.710,07) las extracciones de $ 3.000 en la mencionada foja y $ 1.463,64 de fs. 73.-
En atención a lo solicitado, extraígase el expediente de los reservados y publiquese en lista de despacho.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA:De haberse dado cumplimiento con lo ordenado.CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro