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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0078/2007
Fecha: 2008-05-06
Carátula: MUSSETTI JUAN CARLOS C/ LOPEZ ANGELA NELIDA S/ EJECUTIVO
Descripción: domicilio const.-
EXPTE. N° 0078/2007
CARATULA: MUSSETTI JUAN CARLOS C/ LOPEZ ANGELA NELIDA S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2008.-
Agréguese.-
Atento el estado y constancias de autos, toda vez que el domicilio donde se ha realizado la diligencia es el constituido en autos por el depositario judicial y no habiéndose constituido uno nuevo, a los fines dispuestos a fs. 43 deberá librarse nueva cédula a dicho domicilio, haciéndose saber a la sra. Juez de Paz interviniente que deberá efectuar dicha diligencia y en su caso dejarla fijada en la puerta de acceso a la vivienda (conf. art. 141 y cc. del C.Pr.).-
En consecuencia, a la solicitud de notificación bajo responsabilidad de la parte no ha lugar, debiéndose estar a lo dispuesto precedentemente y a las disposiciones que rigen en la materia.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro