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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37040
Fecha: 2005-09-09
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/GALLETA Daniel Adolfo S/ Ejecutivo
Descripción: trance y remate
General Roca, 09 de septiembre de 2.005.-
AUTOS Y VISTOS: No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del C.P.C.;
FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Daniel Adolfo Felipe Galletta haga al acreedor Dirección General de Rentas íntegro pago del capital reclamado de $ 14.143.- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios del Dr. Rodolfo Guillermo Vesciglio en la suma de $ 1783. (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-
Cúmplase con la ley 869.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 R.N.).-
Proveyendo a fs. 22: Por presentado, parte y con domicilio.-
Hágase saber que deberá acompañar el bono ley 2897, art. 8*.-
Téngase presente el allanamiento formulado.-
De la documentación acompañada a fs. 21, traslado. Not.-
Al punto III: Líbrese oficio al Banco Patagonia Sudameris S.A. Sucursal General a fin de que informen el saldo existente en la cuenta de autos.-
Previo a lo solicitado en el putno V, cúmplase con el oficio ordenado precedentemente.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro