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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33568III
Fecha: 2005-09-09
Carátula: CREDIL S.R.L. c/CARRILLO CARRILLO Luis S/ Ejecutivo
Descripción: se amplia embargo.-
//neral Roca, 09 de Setiembre de 2005.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido ley hasta cubrir las sumas de $ 130 en concepto de capital (honorarios complementarios regulados a fs. 131) con más la suma de $ 100 calculados para intereses y costas.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro