Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37463

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-05

Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. C/GONZALEZ Norma S/ Ejecutivo (*)

Descripción: regulacion por acrecidos.-

//neral Roca, 05 de Mayo de 2008.-

Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. SUSANA SANCHEZ DE FISELZON en $ 25.- y Dra.ELIZABETH QUESADA en la suma de $ 65.- MB: $ 212,99.- (extracciones realizadas en autos).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 y 40 Ley 2212 RN).-

Cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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