include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37734
Fecha: 2008-05-02
Carátula: LOPEZ Alfredina del Carmen c/SATENTUR Jose S/ Prescripción Adquisitiva
Descripción: A dEFENSORIA SILFENI A cedula
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
LOPEZ ALFREDINA DEL CARMEN
DR-. MAURICIO BENITEZ
BELGRANO 1566 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LOPEZ ALFREDINA DEL CARMEN C/SATENTUR JOSE S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA (ORDINARIO)” (37734-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la Sentencia que en su parte pertinenete dice:- General Roca, 30 de abril de 2008.... FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por el Sr. ALFREDINA DEL CARMEN LOPEZ contra JOSE SATENTUR y en su consecuencia declarar adquirido por prescripción veinteañal a favor de l a actora el inmueble identificado como lote 4 de la manzana B, ubicado en la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 169, Folio 189, matricula 12.536, designación catastral 05-1-D-480-15 y según plano de mensura No 588/06 con una superficie de 310 mt2.- Costas a la actora.- Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Oportunamente practíquese liquidación de impuestos y contribuciones y líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de la inscripción, previa acreditación de los libres deudas correspondientes.-Notifíquese y regístrese.- Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de la sentencia N* 21, Folio 69/70,
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de mayo de 2008.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro