Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36499

N° Receptoría:

Fecha: 2008-05-02

Carátula: CREDIL S.R.L. c/ARRIAGADA Nélida S/ Ejecutivo

Descripción: A CHEQUE

Sra. Juez:

INFORMO que el expte. del rubro CREDIL S.R.L. c/ARRIAGADA Nélida S/ Ejecutivo (Exp. Nro. 36499), fue devuelto a Secretaría el día 23.04.08.-

Secretarìa, 02 de mayo de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 02 de mayo de 2008.-

Atento el informe que antecede, déjase sin efecto la intimación ordenada a fs. 132.-

Proveyendo el escrito de fs. 129, téngase presente, anúlese el cheque acompañado y glósese el mismo.-

Líbrese nuevo cheque a la orden de la Dra. MARCELA A. SAITTA por la suma de $102,52 en concepto de: a cuenta de liquidación aprobada a fs. 117.-

Proveyendo el escrito de fs. 133, regular los honorarios por acrecidos de la Dra. Marcela A. Saitta en $ ..130.. (MB: $1.159,58).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

A la regulación complementaria, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 17 este concepto, a lo solicitado no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En se libró cheque Nro. . Conste.-

En retiro cheque. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro