Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 25329III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-30

Carátula: MARESSA María C. c/REBASTI Claudio y O. S/ Sumario

Descripción: Informe a Juzg. Familia 11

//neral Roca, 30 de ABRIL de 2008.-

Por recibido, informe la Actuaria.-

Fecho, vuelva el presente al Juzgado de Familia 11 sirviendo ésta de atenta nota de envío.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

INFORMO que en autos "MARESSA MARIA CRISTINA c/ REBASTI CLAUDIO Y OTRO s/ SUMARIO " (Expte. Nº 25.329-III-92) a fs.29/33 se presenta la Sra. Maria Cristina Maressa por derecho propio con patrocinio letrado de los Dres. Jorge Fucci y Carlos Calarco, promoviendo demanda por daños y perjuicios contra los Sres. Claudio Luis Rebasti, Clinica Roca SRL, Manuel Galindo y Raul L. P. Terraz. El 05/oct/2006 se dicta sentencia rechazando la demanda con costas en los términos del art. 84 del CPC. A fs. 825/834 la Cámara de Apelaciones revoca la sentencia haciendo lugar a la demanda instaurada condenando a los demandados a abonar a la actora la suma que a fs. 842 y vta. aclara que asciende a $80.120.-, lo que se encuentra debidamente notificado y firme, y el trámite sin movimiento desde el 14.03.08; la actora no ha percibido sumas de dinero a la fecha.-

Secretaría, 30 de ABRIL de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro