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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0485/2006
Fecha: 2008-04-28
Carátula: PAEZ DANIELA RENE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: Ariel Alejandro Oviedo - Dr. José Alberto Aphal
Domicilio: Laprida 292 - nivel 1 -Colegio de Abogados (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PAEZ DANIELA RENE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0485/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, abril de 2.008.- .... Atento el estado de autos y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 2º y 3º de la ley nº 4142, hágase saber que la presente causa tramitará según las normas del proceso ordinario, conforme las disposiciones de la mencionada ley nº 4142. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de abril de 2008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro