Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37571

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-28

Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/WEBER de Castañeda Marta y O. S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 28 de Abril de 2008.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a las instituciones bancarias indicadas (sucursales Villa Regina), haciendose efectiva la medida por la suma de $ 9.481,35 en concepto de capital con más la de $ 3.700 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a los accionados el embargo precedentemente ordenado.-

Se hace saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo en algunas de las instituciones bancarias indicadas, deberá abstenerse de la presentación de los oficios ordenados en las restantes.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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