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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0219/2008
Fecha: 2008-04-25
Carátula: BALDA VIVIAN MARTHA GABRIELA C/ GOLAB NICOLAS PABLO Y OTROS S/ TERCERIA DE MEJOR DERECHO
Descripción: TERCERIA DE MEJOR DERECHO - INICIO - TRAMITA POR ORDINARIO
EXPTE Nº 0219/2008
CARATULA: BALDA VIVIAN MARTHA GABRIELA C/ GOLAB NICOLAS PABLO Y OTROS S/ TERCERIA DE MEJOR DERECHO
Viedma, abril de 2.008.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaria el boleto de compraventa original.-
Por deducida tercería de mejor derecho (conf. art. 97 y ssgtes. C.Pr.), la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.P.C.C.), córrase traslado de ella a las partes en el proceso principal, sres. Nicolás Pablo Golab, Silvia Miriam Sanchez y Alfredo Iuri, por el término de 15 días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, opongan excepciones dentro del plazo de ley y acompañen la documental de que intenten valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del C.Pr., haciéndoseles saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 C.Pr.). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Previo y a los fines que se expida con relación a los sellados abonados córrase vista a la Dirección General de Rentas.-
Déjese constancia de la iniciación del presente trámite en las actuaciones principales (Expte. N° 0066/2007).-
Dese la correspondiente intervención a la sra. Asesora de Menores.-
Asimismo deberá acompañarse un juego de copias para traslado.-
NOTA: De haberse efectuado la reserva ordenada bajo registro B-08/08. Conste.-
Secretaría, abril de 2008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro