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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00003-000-05
Fecha: 2005-09-08
Carátula: ESCRITOS / S/ Nª 4
Descripción: SBACCO C/ EELCTROGAS S/ EJ. HON.
Expediente Nro.00003-000-05
San Carlos de Bariloche, 8 de septiembre de 2005
Por recibido.- Hágase saber al Sr. Juez que el actual estado de la causa (Electrogas SA c/ Mdad. El Bolsón s/ Cont. Administrstivo"), impide el cumplimiento de lo solicitado.
Asimismo, se le hace saber que las medidas dispuestas por este Tribunal en la causa citada son las siguientes: Se ordenó estar a las medidas dispuestas a fs. 1164/1166 ( se certifique por Secretaría acerca de la disponibilidad de la acción y el derecho por parte de la actora, se ordenó la citación a la Caja Forense y a los letrados intervinientes); se requirió la ratificación de la gestión invocada por el Dr. Rodolfo Rodrigo en nombre y representación del Dr. Edgardo García Sánchez en la cláusula novena del convenio de fs. 1170; se dispuso que la Municipalidad de El Bolsón gestione por sí la entrega de los bonos correspondientes a los embargos trabados en los autos referenciados y en su caso, la conformidad de los respectivos embargantes.-
Con lo informado, devuélvase al señor Juez oficiante, sirviendo la presente de atenta nota.-
HORACIO C. OSORIO
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro