Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38412

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-24

Carátula: VAI Maria Malena c/MARTIN Josefa Asunción y Otros S/ Ordinario

Descripción: Inicio

//neral Roca, 24 de abril de 2008.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de TREINTA días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrense oficios a los jueces de paz de Gral. Godoy e Ing. Huergo.-

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a SANCOR COOP. SEGUROS LTDA. y a URUGUAY COOP. SEGUROS LTDA. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de TREINTA días, a cuyo fin y para su notificación líbrese a esta ciudad y CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a Concepción del Uruguay (Entre Rios).-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Deposítese en caja fuerte la documental acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse iniciado "VAI Maria Malena s/Beneficio de Litigar sin Gastos" (Expte. Nro. 38.412), y de habese depositado en caja fuerte la documental de fs. 57/114. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro