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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37733
Fecha: 2008-04-24
Carátula: CREDITO AUTOMATICO S.A. c/FLORES Juan Carlos S/ Ejecutivo
Descripción: se aprueba liq. Regulacion x acrecidos.-
//neral Roca, 24 de Abril de 2008.-
Al punto 1, no habiendo sido impugnada la planilla de liquidación practicada a fs.69, vencido el término de para hacerlo, aprúebase la misma en cuanto ha lugar por derecho por la suma de $ -88,60 03/03/08.-
Al punto 2, regulo los honorarios por acrecidos de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 100.- :MB:$ 439,44 -extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etaspas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts,6, 6 bis, y 7y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-
Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.17, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro