Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36904

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-08

Carátula: GALLARDO Carlos Dario S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: traslado (art.81 del CPC).-

//neral Roca, 08 de Setiembre de 2005.-

Atento el estado de autos y previo a lo solicitado, de las pruebas producidas, traslado a las partes por el término de cinco dias. (ART.81 del CPC).-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro