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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35102
Fecha: 2005-09-08
Carátula: BANCO DE LA PAMPA C/RAMOS José y OTRO S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 08 de Setiembre de 2005.-
Al punto I, agréguese.-
Al punto II, téngase presente los bienes denunciados a embargo (nomenclatura catastral 05-1-D-968-03 y 05-1-D-915-25) a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al RPI haciendose efectiva la medida sobre la parte indivisa que le corresponde al codemandado Sr. JORGE RAMOS DNI l0.381.638 por la suma de $ 7.309,04 en concepto de capital con más la $ 2.900 calculados para intereses y costas.-
Requierase asimismo, condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-
Oportunamente, notifíquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro