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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36465
Fecha: 2008-04-23
Carátula: BENITEZ Francisco Valentín c/AGUIRRE Roberto S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion x acrecidos.-
//neral Roca, 23 de Abril de 2008.-
Al punto I, téngase presente el cobro extrajudicial denunciado.-
Al Otrosi digo: Téngase presente lo manifestado y atento el estado de autos, regulo los honorarios por acrecidos del DR. LUIS GUSTAVO ARIAS en la suma de $ 100.-... MB:$ 2.500 crédito reclamado en autos-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesion, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 6 bis, y y 8 Ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro