Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36491

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-22

Carátula: VIZZOTTO Alberto A. c/BRUST de Garcia Inés y Otros S/ Ordinario

Descripción: clausura.A Defensoria Dr.GAYA.-

//neral Roca, 22 de Abril de 2008.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra.Juez:

CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiendose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-

SECRETARIA, 22 DE ABRIL DE 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 22 de Abril de 2008.-

Atento al entreda en vigencia del nuevo código procesal, el presente trámite comenzara a regir por las normas del PROCESO ORDINARIO (ART.319 del CPC).-

Modifíquese la carátula y el libro respectivo.-

Clausúrase el período probatorio.-NOT.-

Respecto de los demandados, pasen los presentes al Despacho del Sr.Defensor Oficial de Ausentes Dr.GAYA.-

FIRMA LA PRESENTE, póngase las presentes actuaciones en Secretaria a fin de que las partes aleguen por su orden (art.482 del CPC).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota:De haberse dado cumplimiento con lo ordenado.CONSTE.

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro