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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33076IV
Fecha: 2008-04-21
Carátula: LEÓN Guillermo c/PEHUENIA S.A. S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 21 de Abril de 2008.-
Al punto I, agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Al punto II, agréguese el informe de saldo adjuntado y ocurra por ante el Juzgado correspondiente.-
Al punto III, téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre los importes remanentes a percibir por la demandada Pehuenia SA en los autos caratulados:PISANO LUISA LAURA C/PEHUENIA SA S/EJECUTIVO Expte.No 655- JC I-Año 2000 a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al Juzgado Civil No UNO-Secretaria UNICA, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 14.717,48 en concepto de capital con más la de $ 6.000 calculados para intereses y costas.-
Una vez cancelados todos los importes reclamados en autos, procédase a transferir dichas sumas a la cuenta de los presentes autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro