Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0154/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-17

Carátula: SERRANO YAMILA ELIANA S/ HOMOLOGACION (CE.JU.ME.) S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS

EXPTE Nº 0154/2008

CARATULA: SERRANO YAMILA ELIANA S/ HOMOLOGACION (CE.JU.ME.) S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Viedma, abril de 2.008.-

Agréguense las cédulas recibidas.-

Teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula obrante a fs. 12 no han sido adjuntada a la misma la copia pertinente y toda vez que la resolución de fs. 9 y vta. debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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