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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0116/2002
Fecha: 2008-04-17
Carátula: FRANK MARIO NORBERTO C/ LEONARDELLI ALBERTO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR
EXPTE. No 0116/2002
CARATULA: FRANK MARIO NORBERTO C/ LEONARDELLI ALBERTO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, abril de 2.008.-
Atento lo peticionado y manifestado, previa conformidad de la Caja Forense, levántase el embargo decretado a fs. 60. Déjese debida constancia por Secretaría en el Expte. n° 981/00/5.-
De conformidad con lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor UZP 881, hasta cubrir las sumas de $ 6.508,10 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 8.100 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado ALBERTO LEONARDELLI. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de San Antonio Oeste, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro