Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0143/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-16

Carátula: BEDIZ AMADO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: se liquida - actor debe pagar al banco

EXPTE. Nº : 0143/2005.-

CARATULA: BEDIZ AMADO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

Viedma, abril de 2008.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 330.-

Atento las posturas sustentadas por las partes y teniendo en cuenta lo que surge de las constancias de autos, en especial que el contrato cuya revisión se realizara en autos aún se encuentra vigente, toda vez que existe un saldo de dinero que debe pagar el actor para cancelar el mismo, conforme ello, corresponde disponer que para el cálculo de los intereses sobre el capital se debe aplicar la tasa pactada en el contrato que une a las partes, es decir el 5 % anual.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto en la sentencia de fs. 255/262, donde se determinó el actor debía al demandado a octubre del 2005 la suma de $ 9.544,86 al 10/05, monto que, aplicada que fuera la tasa dispuesta precedentement, asciende a la suma de $ 10.698 al 31/03/08.-

La suma de $ 10.698 dispuesta precedentemente deberá ser abonada por el actor sr. Amado Bediz al Banco Hipotecario S.A. en 36 cuotas mesuales y consecutivas.-

Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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