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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0732/2007
Fecha: 2008-04-16
Carátula: AADI CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA C/ LU 15 RADIODIFUSORA VIEDMA S.R.L. S/ SUMARISIMO
Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0732/2007
CARATULA: AADI CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA C/ LU 15 RADIODIFUSORA VIEDMA S.R.L. S/ SUMARISIMO
Viedma, abril de 2008.-
Por presentado, parte y constituido el domicilio.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma. Por opuestas excepciones, de las mismas y del planteo de inconstitucionalidad formulado, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva del caso federal formulado.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro