Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-16

Carátula: DURO Delia Susana c/SAEZ Jorge Eduardo S/ Alimentos (Ex 444-I-97))

Descripción: regula honorarios

General Roca, 16 de Abril de 2.008.-g

Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo por su actuación en el convenio de fs. 269, homologado a fs. 276, los honorarios de la Dra. Marta Zubiri en $ 500.- y los del Dr. Sergio Carlos D'agnillo en $500.- (M.B. $ 10.000.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Téngase presente lo manifestado respecto del levantamiento de inhibición del demandado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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