Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35126

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-16

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/PEREZ Norma y O. S/ Ejecutivo

Descripción: subasta inmueble

General Roca, 16 de Abril de 2008.-g

Atento lo solicitado y las constancias de fs. 173, no habiendo comparecido el IPPV, procédase a la venta en pública subasta del 50% del bien embargado D.C. 05-1-C-916B-02 con la base de $ 87.157,16 (fs. 191), por intermedio del martillero don Francisco Castañeda. El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su designación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiente del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se la darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del C.P.C. y C., debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa.

Publíquense edictos por un día, en el Boletín Oficial y dos días en el Diario Río Negro (arts. 563,564, 566, 575 y 576 del C.P.C. y 208 L.C.Q.), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4 de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o Nro. y tipo de documetno de todos los sujetos intervinientes.-

Líbrese mandamiento de constatación.-

Previo a fijar fecha de subasta deberá citarse a los Jueces Inhibientes (fs. 213) a cuyo fin líbrese oficio a los Juzgados 1, 9 de General Roca y oficio ley al Juzgado II de Rosario .-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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