Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38279

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-15

Carátula: LATUR Dorotea S/ Sucesión

Descripción: declaratoria-heredan hijos-

General Roca, 15 de Abril de 2.008.-g

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “LATUR DOROTEA S/SUCESION” (EXPTE. N* 38.279-III-08).-

CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Dorotea Latur ocurrido el día 16 de diciembre de 2.007 en General Roca, Río Negro, según constancias de fs. 2.-

La causante era de estado civil soltera.

De una unión en concubinato nació:

SANDRA CRISTINA: Nacida el 11 de mayo de 1967 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 3.-

A fs. 6 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-

A fs. 11 y 12 obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-

A fs. 14/21, lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la corrrespondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-

Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,

RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de DOROTEA LATUR, le sucede en caracter de única y universal heredera su hija: Sandra Cristina, de apellidos: Sandoval Latur.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro