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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0342/2004
Fecha: 2008-04-14
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SUQUILVIDE ROBERTO EDGARDO Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: PROVEE PRUEBA -
EXPTE. Nº 0342/2004
AUTOS: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SUQUILVIDE ROBERTO EDGARDO Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, abril de 2.008.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 207, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (Provincia de Río Negro)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
PRUEBA DEMANDADA (Suquilvide):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
Asimismo y con respecto a la prueba documental en poder de terceros y la informativa solicitadas por la parte demandada, toda vez que se advierte que dichos medios probatorios no guardan relación con los hechos ventilados en la presente acción, a las mismas no ha lugar.-
PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 2 de mayo mayo de 2008 a las 10,15 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
PRUEBA CODEMANDADA (Spigariol):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
Con relación a la prueba documental consistentes en el expediente administrativo y el expediente judicial n° 424/06/J1 solicitada por la parte demandada, toda vez que se advierte que dicho medio probatorios no guarda relación con los hechos ventilados en la presente acción, a la misma no ha lugar.-
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Poder Judicial de Río Negro