include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38344
Fecha: 2008-04-10
Carátula: SANTINI Josefa S/ Sucesión
Descripción: Regulación
General Roca, 10 de Abril de 2.008.-g
Regulo, por la primera etapa los honorarios profesionales del Dr. Marcelo Octavio Corrales en la suma de $ 600.- a cargo del heredero.- y por la segunda etapa regulo los honorarios profesionales del Dr.Nestor Abel Palacios en la suma de $ 600.-, a cargo del heredero.-(M.B. $ 8.056,04.- arts. 6, 6bis, 7, 24 y 43 L.A.2412)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravámenes, debidamente actualizados y libres deudas del bien a inscribir.-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-
Notifiquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro