Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0172/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-09

Carátula: SALAZAR ARMANDO A. C/ JARA GUERRERO GLORIA S/ EJECUTIVO

Descripción: incompetencia

EXPTE. N° 0172/2008

CARATULA: SALAZAR ARMANDO A. C/ JARA GUERRERO GLORIA S/ EJECUTIVO

Viedma, abril de 2008.-

Por presentado, parte y domiciliado. Agréguese la documental acompañada.-

En virtud que las copias de la resolución judicial que fueran acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-

Toda vez que la ejecución que se intenta tiene su origen en la voluntad de la Sra. Jara Guerrero expresada en la carta poder obrante a fs. 4 (otorgada para iniciar un juicio laboral) y teniendo en cuenta que el objeto de este juicio se relaciona con la sentencia que obra en copia certificada a fs. 5/7 y que se relaciona con temas que inciden en el fuero del trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 56 inc. 1, apartado "c)", declárome incompetente para su tramitación y en consecuencia, remítanse las mismas a la Cámara del Trabajo de Viedma. Sirva la presente de atenta nota de envío.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro