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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0905/97/6
Fecha: 2008-04-09
Carátula: FELTAÑO SILVERIA CELINA C/ RAMALLO RAUL EPIFANIO S/ ALIMENTOS
Descripción: pide cese- corre traslado
EXPTE. N° 0905/97/6
CARATULA: FELTAÑO SILVERIA CELINA C/ RAMALLO RAUL EPIFANIO S/ ALIMENTOS
Viedma, abril de 2008.-
Atento el estado de autos, constancias de la causa y teniendo especialmente en cuenta los términos del acuerdo arribado entre el sr. Ramallo y la srta. Patricia Noemí Ramallo obrante a fs. 52 que fuera debidamente homologado a fs. 53, de lo peticionado a fs. 65 y a fs. 71 córrase traslado a la sra. Patricia Noemí Ramallo por el término de 7 días. Notifíquese con las correspondientes copias para traslado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro