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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00286-032-08
Fecha: 2008-04-08
Carátula: GALVAN HORACIO Y OTROS / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00286-032-08
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 08 DE ABRIL DE 2008.- VISTOS: Los autos caratulados: “GALVAN Horacio y Otros c/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE s/ AMPARO”, expte. nro. 00286-032-2008 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante nota n° 146-SSP-08, de la Subsecretaría de Planeamiento municipal, se ordenó suspender “todos los trabajos” del emprendimiento que motivara el presente amparo; entre los cuales se encontraba el apeo de árboles (V. fs. 20).
Que mediante presentación de fs. 28/29, se denunció que habría continuado la tala de árboles, incumpliéndose la suspensión aludida.
Que, previo a todo, correspondería que el Municipio informe acerca de la denuncia mencionada y, en su caso, las medidas adoptadas al efecto.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE
1ro.) solicitar un informe al Municipio local, respecto de la denuncia de tala en el predio en cuestión, por sobre el apeo de 25 (venticinco) árboles constatado en la diligencia de fs. 20.
2do.) a tal fin, líbrese oficio con copia de las constancias de fs. 28/29.-
3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro