Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0499/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-06

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ASOCIACION CIVIL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR S/ RETIRO DE PERSONERIA JURIDICA

Descripción: AUD. 361 DEL C. PR. (art. 125)

EXPTE. Nº 0499/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ASOCIACION CIVIL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR S/ RETIRO DE PERSONERIA JURIDICA

Viedma, septiembre de 2.005.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. A tal fin, en los términos del art. 361 del C. Pr., fíjase audiencia para el 19 de octubre de 2005 a las 10,30 horas, a la que deberán comparecer las partes munidas de sus documentos de identidad, bajo apercibimiento de celebrarse con cualquiera de las partes que concurra (art. 125 del C. Pr.). Notifíquese en el domicilio legal.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro