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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0016/2004
Fecha: 2005-09-06
Carátula: DEL CASTILLO SILVINA DEL VALLE Y OTROS C/ CLINICA VIEDMA S.A. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: ART. 489
EXPTE. Nº: 0016/2004.-
CARATULA: "DEL CASTILLO SILVINA DEL VALLE Y OTROS C/ CLINICA VIEDMA S.A. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
Viedma, septiembre de 2005.-
Atento lo manifestado tiénese a la Clinica Viedma S.A. por desistida del recurso de apelación interpuesto a fs. 252 que fuera concedido a fs. 313.-
Atento el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa y conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 18 de octubre de 2005 a las 9,30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 10 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese.-
Sin perjuicio de ello cúmplase con la notificación dispuesta a fs. 348, tercer párrafo.-
e.z
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro