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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35514
Fecha: 2008-04-08
Carátula: AMAYA Eduardo F. c/ROMAN Horacio E. y Otros S/ Prescripcion Adquisitiva (Ley 4142)
Descripción: a cedula//A DEFENSORIA SILFENI
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CEDULA DE NOTIFICACION
Eduardo Felipe Amaya
Dra. ana Zinkgraf
Mitre 810, 1* piso, oficina 7 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “AMAYA EDUARDO F. C/ROMAN HO RACIO E. Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (35.514-III-03) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la SENTENCIA que dice:- FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por el Sr. EDUARDO FELIPE AMAYA contra HORACIO ENRIQUE ROMAN, JUANA DELFINA FRASER y OMAR AGUSTIN BARREIRO y en su consecuencia declarar adquirido por prescripción veinteañal a favor del actor el inmueble identificado como lote 6 de la manzana 343, ubicado en la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 593, Folio 48, matricula 115.544, designación catastral 05-1-K-275-06 y según plano de mensura No 482/00 con una superficie de 267, 84 mt2.- Costas al actor.- Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a tal fin.-Oportunamente practíquese liquidación de impuestos y contribuciones y líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de la inscripción, previa acreditación de los libres deudas correspondientes.-Notifíquese y regístrese.- Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de fs. 262/4.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 08 de abril de 2008.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro