Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32984III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-07

Carátula: DIAZ Gladis N. c/INFANTE Mario N. S/ Alimentos

Descripción: se ordena oficio

General Roca, 7 de abril de 2008.-

Líbrese oficio al ANSESS a fin de que deposite las sumas que Mario Néstor Infante tenga a percibir en concepto de escolaridad, asignaciones familiares, respecto de su hijo menor Martín ingante D.N.I. 35.277.273 y los deposite en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.-

Regulo por sus actuaciones los honorarios de las Dras. Tatiana Gabarret en $ 120 y Ana María Streidenberger en la suma de $ 120, a cargo del alimentante.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-

Téngase presente las personas autorizadas para su retiro.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro