Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14626-278-07

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-04

Carátula: GALLI PUJATO JULIO / PINARES SA S/ EJECUCION DE SENTENCIA Y HONORARIOS S/QUEJA

Descripción: aclaratoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14626-278-07

Tomo:

Auto Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 4 de abril de 2008.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GALLI PUJATO JULIO C/PINARES SA S/ EJECUCION DE SENTENCIA Y HONORARIOS S/QUEJA.- ”, expte. nro.14626-278-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: Que asiste razón al pedido de aclaratoria efectuado, debiendo leerse en el resuelvo del decisorio de fs. 18/19, ac) 1, "de fecha 18 de octubre de 2007". Por ello,

LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - - RESUELVE: I.- HACER LUGAR a la aclaratoria solicitada, debiendo leerse en el resuelvo del decisorio de fs.18/19, ac) 1, "de fecha 18 de octubre de 2007".-

- - - II.- NOTIFICAR, registrar y protocolizar lo aquí decidido, estando a lo demás dispuesto en el punto 3) del citado decisorio.

Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J.Camperi

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria

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