include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33133III
Fecha: 2008-04-04
Carátula: HUELCHU Sixto S/ Sucesión
Descripción: regulacion
General Roca, 04 de abril de 2.008.-
Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones (fs. 63, 65 y 73) los honorarios de los Dres. Anibal G. Morales y Néstor Palacios en la suma de $ ....200 y $ 200 - respectivamente.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro