Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33133III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-04

Carátula: HUELCHU Sixto S/ Sucesión

Descripción: regulacion

General Roca, 04 de abril de 2.008.-

Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones (fs. 63, 65 y 73) los honorarios de los Dres. Anibal G. Morales y Néstor Palacios en la suma de $ ....200 y $ 200 - respectivamente.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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