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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38097
Fecha: 2008-04-03
Carátula: SERVICIOS VERTUA S.A. c/MASSA Mario S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio//mnad. observado
mandamiento observado es de embargo no de intimación de pago y embargo
General Roca,03 de abril de 2008.-
Proveyendo a fs. 51: Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el caracter invocado.-
Al punto II: Téngase presente.-
Al punto III: A lo solicitado respecto de levantar el secreto fiscal, no ha lugar por no corresponder.-
A fin de que informen sobre lo requerido en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio a AFIP.-
Proveyendo a fs. 58: Agréguense y téngase presente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro