include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14531-250-07
Fecha: 2008-04-03
Carátula: CARBALLO EDITH / BANCO HIPOTECARIO SA S/ ORDINARIO
Descripción: aclaratoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14531-250-07
Tomo:
Auto Interlocutorio:
Folio:
Secretaria Dra. Angela Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, DE ABRIL DE 2008
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CARBALLO EDITH C/BANCO HIPOTECARIO SA S/ ORDINARIO (4 cuerpos - CAD.).- 00507-02”, expte. nro.14531-250-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-; ----------------------------------------
- - -Y CONSIDERANDO: 1.- Que en el auto interlocutorio de fs. 640/541, se ha incurrido en un error material en el punto I) de su resolutiva al citar la foja, debiendo leerse "539vta" donde dice "fs. 53ta."---------------------------------------------------------------- - - 2.- Que en el punto II) de la misma resolutiva se regulan honorarios al dr. Reto, correspondiendo en su lugar regular honorarios a la Dra. Vidal Spittler en la suma de $ 100.- Por ello,
LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - - RESUELVE: I.- ACLARAR el punto I de la resolución de fs.640/641, debiebndo leerse "fs. 539vta.", donde dice "fs. 59ta".-
- - - II.- DEJAR SIN EFECTO el punto II de la misma, disponiendo en su lugar, REGULAR los honorarios de la dra. Daniel Vidal Spittler en la suma de PESOS CIEN ($ 100).---------------------------------------
- - - III.- REGISTRAR y protocoloizar lo aquí resuelto, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen para notificaciones y demás efectos.-
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J.Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro