Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33414III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-04-01

Carátula: CREDIL S.R.L. c/AMUCH Jose Miguel S/ Ejecutivo

Descripción: a cheque.regulacion x acrecidos.-

//neral Roca, 01 de Abril de 2008.-

Agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Téngase presente la caución personal ofrecida y conformidad prestada en el otro si digo por el Apoderado de Caja Forense.-

Líbrese cheque a ala orden de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 1.108,66 en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs.197.-

Regulo por acrecidos los honorarios profesionales de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $ ......:MB:$ 3.964,86 extracciones realizadas en autos.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuacion profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 6 bis, 7 y 40 Ley 2212).-

Cúmplase con la Ley 869.-

Respecto de los honorarios por complementarioos, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 21, éste concepto, a lo solicitado no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

El /04/08 se libró cheque No CONSTE.-

El /04/08 la Dra.Saitta retira cheque.CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro