include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38194
Fecha: 2008-03-31
Carátula: GONZALEZ Susana Noemi c/RIVAS Julio y LARA Luis Anibal S/ Ordinario
Descripción: vta. a despacho// Fija Preliminar
General Roca, 31 de marzo de 2008.-
Téngase por contestado en tiempo y forma el traslado conferido a fs. 71.-
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 31 de julio de 2008 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente o excepcionalmente por apoderado ( art. 362 CPC.) y sus letrados.- Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.-
Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-
Notifíquese por Secretaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro