Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0588/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-31

Carátula: BERTORELLO GUSTAVO DAVID Y OTRO C/ SOCIEDAD CIVIL BERTORELLO HERMANOS S/ USUCAPION

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR

EXPTE. Nº 0588/2007.-

CARATULA: BERTORELLO GUSTAVO DAVID Y OTRO C/ SOCIEDAD CIVIL BERTORELLO HERMANOS S/ USUCAPION.-

C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

Documental: Tiénese presente.-

Informativa: producida: 1) a la Dirección de Ganadería de la Provincia de Río Negro a fs. 93 y al 2) al Juzgado de Paz de Guardia Mitre desistida a fs. 101.-

Reconocimiento Judicial del Lugar: producida a fs. 95/98.-

Testimonial: de Enrique Antonio Pick y de Enrique Guillermo Estábile, a fs. 92 obra la constancia de registro audiovisual (TV08306_1016_001).-

SECRETARIA, marzo de 2008.-

a.p.

Ana Carolina Soccia

Secretaria

Viedma, marzo de 2008.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C.Pr.. Notifíquese.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro