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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0246/87/5
Fecha: 2008-03-28
Carátula: TEMPRANO JUAN S/ SUCESION
Descripción: NO SE ADJUDICAN LOS BIENES .- VISTA D.G.R.
EXPTE. Nº : 0246/87/5.-
CARATULA: TEMPRANO JUAN S/ SUCESION.-
Viedma, marzo de 2008.-
Hágase saber a la presentante que no resulta necesario la adjudicación de bienes solicitada, debiendo en su oportunidad inscribir la declaratoria de herederos en relación a los bienes inmuebles y en la forma peticionada a fs. 44/45, para lo cual se deberá cumplir con la Ley 869.-
Asimismo, y a los fines de que se expida con respecto a los aportes y sellados de ley, pasen las actuaciones en vista a la Dirección General de Rentas.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro