Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0246/87/5

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-28

Carátula: TEMPRANO JUAN S/ SUCESION

Descripción: NO SE ADJUDICAN LOS BIENES .- VISTA D.G.R.

EXPTE. Nº : 0246/87/5.-

CARATULA: TEMPRANO JUAN S/ SUCESION.-

Viedma, marzo de 2008.-

Hágase saber a la presentante que no resulta necesario la adjudicación de bienes solicitada, debiendo en su oportunidad inscribir la declaratoria de herederos en relación a los bienes inmuebles y en la forma peticionada a fs. 44/45, para lo cual se deberá cumplir con la Ley 869.-

Asimismo, y a los fines de que se expida con respecto a los aportes y sellados de ley, pasen las actuaciones en vista a la Dirección General de Rentas.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro