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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0460/2005
Fecha: 2008-03-28
Carátula: TAPIA EDITH SUSANA C/ CONTIN NAZARIO RAUL S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: aprueba liquidación-regula honorarios martillero-
EXPTE. N° 0460/2005
CARATULA: TAPIA EDITH SUSANA C/ CONTIN NAZARIO RAUL S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, marzo de 2008.-
1.- Por contestado el traslado conferido a fs. 98. Tiénese presente el depósito efectuado.-
2.- Toda vez que la documental acompañada no guarda vinculación con el estado de la causa y no resulta menester a los fines que se acompaña, devuélvase la misma a su presentante.-
3.- Atento el estado y constancias de autos, la liquidación efectuada por el ejecutante a fs. 97 y la conformidad expresada por el demandado a fs. 103, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma total de $ 38.360,23 en concepto capital, honorarios, I.V.A., aporte a Caja Forense, gastos embargo y cochera conforme detalle efectuado por la parte (fs. 97 y vta.).-
4.- En su mérito, atento los fondos depositados por el demandado a fs. 94 y fs. 100, a los fines de la liberación de fondos acompáñese saldo bancario y cúmplase con la ley 869.-
5.- De pedido de levantamiento de embargo y restitución del bien córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
6.- A lo demás, oportunamente.-
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Poder Judicial de Río Negro