Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0422/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-28

Carátula: MAÑANA AMARO ARMENGOL C/ ALCALIS DE LA PATAGONIA S.A.I.C. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: RENUNCIA APODERADO

EXPTE. Nº : 0422/2005.-

CARATULA: MAÑANA AMARO ARMENGOL C/ ALCALIS DE LA PATAGONIA S.A.I.C. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Viedma, marzo de 2008.-

Tiénese presente la renuncia efectuada.-

Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C. Pr., intímase a AMARO ARMENGOL MAÑANA a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-

Hágase saber a los presentantes que deberán continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-

Tiénese presente el domicilio denunciado.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro