Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0466/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-27

Carátula: CHANDIA ROSALES FELIX FERNANDO C/ OCAMPOS OSCAR OSVALDO S/ INTERDICTO DE RETENER

Descripción: INFORME por error en el cómputo del plazo- PROV. Y RECTIF.

EXPTE. Nº 0466/2004

CARATULA: CHANDIA ROSALES FELIX FERNANDO C/ OCAMPOS OSCAR OSVALDO S/ INTERDICTO DE RETENER

Señor Juez:

Informo a Ud. que por un error involuntario he procedido a computar en forma errónea el plazo para fallar, toda vez que atento la materia, sumarísimo, y el carácter de la sentencia a dictarse, definitiva, el plazo es de 10 días y no de 30 días como se ha computado, ello a los fines que estime corresponder.-

Viedma, marzo de 2.008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, marzo de 2007.-

Tiénese presente. Certifíquese nuevamente por Secretaría.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

CERTIFICO: Conforme lo ordenado precedentemente procedo a certificar nuevamente el plazo para fallar, venciendo el mismo el día 03/04/2008. Conste.-

Viedma,marzo de 2.008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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