Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34359III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-27

Carátula: PIRE RAYEN Automotores SA c/ BRANDIMARTE Andrés D. y O. S/ Ejecución Prendaria

Descripción: regulacion x acrecidos.-

//neral Roca, 27 de Marzo de 2008.-

Atento el estado de autos, regulo los honorarios por acrecidos del Dr.CRISTIAN GONZALEZ ALLENDE en la suma de $ 132.-y Dr. TRISTAN L. CARDIN en la suma de $ 330.-.respectivamente.- MB:$ 8.266,86 planilla de liquidación aprobada a fs.112 primer párrafo.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts,6, 6 bis, 7,40 Ley 2212 RN).-

Notifiquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro